FACTURACIÓN DE PRESTACIONES LIQUIDADAS
En complemento a la comunicación enviada el pasado 16 de abril sobre los alcances de la Resolución ARCA N° 5824/2026, y ante su próxima entrada en vigencia a partir del 1º de julio, informamos que los honorarios profesionales liquidados a través de la Institución deberán ser facturados mensualmente. La factura correspondiente deberá emitirse durante los primeros días de cada mes, en función de las liquidaciones del mes inmediato anterior.
Para confeccionar la factura, deberá ingresar al sitio web institucional con su usuario y contraseña. En el apartado Facturas Pendientes Honorarios, disponible entre el primer y el tercer día hábil de cada mes, encontrará el detalle de los importes a facturar.
De acuerdo con su condición impositiva, la facturación deberá discriminar, según corresponda, los siguientes conceptos: honorarios gravados, honorarios exentos, gastos gravados, gastos exentos.
Una vez emitida, la factura deberá remitirse por correo electrónico a facturasiva@centromedicomdp.org.ar. Es fundamental recibirla dentro de los primeros cinco días de cada mes y con fecha correspondiente al período mensual anterior. La documentación será posteriormente revisada y procesada por el Departamento Contable.
Ante cualquier consulta, quedamos a disposición a través de los canales habituales de comunicación.
